Definen reglas e infracciones para candidatos al Poder Judicial

Serán sancionados por actos anticipados de campaña, habrá castigo por entrega de algún beneficio directo o indirecto, y partidos políticos no podrán posicionarse a favor de ningún postulante

Nacional24/01/2025RedacciónRedacción
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El Consejo General del INE aprobó el catálogo de infracciones y reglas para la elección judicial, que serán aplicables para candidatos y para aspirantes, por lo que podrían ser denunciados por actos anticipados de campaña, entre otras conductas.

El acuerdo establece que las candidaturas y aspirantes tendrán prohibido realizar actos de campaña previo al periodo establecido; la contratación o adquisición de tiempos en radio, televisión o espacios en medios físicos o digitales para promocionar su candidatura; así como realizar actos de difusión tres días antes de la elección y hasta el cierre de casillas, es decir, en periodo de veda.

También constituye una infracción cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio; la difusión de propaganda electoral impresa en material distinto al papel, es decir, que no sea biodegradable o contenga sustancias tóxicas o nocivas para la salud o el medio ambiente.

Para los partidos políticos está prohibido la realización de actos de proselitismo, o posicionarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna; así como la contratación de las encuestas o sondeos.

En el caso de funcionarios, el catálogo establece que no podrán participar en actos de proselitismo de manera activa, en horas y días laborales, ni manifestarse públicamente sobre ninguna candidatura.

A propuesta del consejero Martín Faz, se incluyó la prohibición para organizar foros por parte de dependencias o entidades responsables de la ejecución de programas que impliquen la entrega de un beneficio social directo a la población.

“Se propone agregar que tampoco puedan participar como moderadores de dichos foros las personas servidoras públicas, operadoras de programas sociales y de actividades institucionales adscritas a esas instituciones, ni las personas servidoras de la nación”, apuntó.

En este caso, el consejero Arturo Castillo difirió al considerar que “el fraseo actual que habla o se refiere a referencias inequívocas, nos deja una textura un poco más flexible para ir armando, caso con caso, precedentes que nos permitan definir en la función, como se vayan operando este tipo de situación, cuando se actualizaría esta infracción”.

La consejera Carla Humphrey puntualizó que las personas aspirantes también pueden cometer infracciones dentro de este periodo de tiempo en que aún no hay candidaturas, antes del 12 de febrero.

Fuente el Universal.

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