

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) emitió el 11 de marzo de 2026 una Nota Informativa en respuesta al comunicado publicado el mismo día por Uber de México Technology & Software S.A. de C.V., en el que la empresa hacía referencia a una suspensión definitiva obtenida en un juicio de amparo.
Antecedentes del caso
El 15 de julio de 2025, Uber promovió un juicio de amparo (número de expediente relacionado: 1202/2025) ante el Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa contra:
- Los operativos realizados por la Guardia Nacional en aeropuertos y zonas federales.
- Diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, entre otros ordenamientos.
El juzgador concedió a Uber una suspensión definitiva, pero limitada estrictamente a que las autoridades no lleven a cabo detenciones arbitrarias y discriminatorias de vehículos que operan mediante aplicaciones de transporte. Esta medida no exime del cumplimiento de las normas que regulan el autotransporte federal ni autoriza la prestación del servicio en zonas restringidas.
Posición de la SICT
La dependencia federal precisa y reitera lo siguiente:
- Uber no cuenta con autorización para prestar servicios de transporte dentro del polígono del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) ni en los demás aeropuertos del país.
- La suspensión judicial no impide a las autoridades federales (incluida la Guardia Nacional) levantar infracciones o realizar operativos, siempre que se realicen conforme a la normatividad vigente y respetando los derechos humanos (sin arbitrariedad ni discriminación).
- La SICT recomienda a los usuarios del transporte aeroportuario utilizar únicamente los servicios autorizados de taxis concesionados en estas zonas federales.
Esta nota surge en un contexto de tensiones recientes, incluyendo protestas y bloqueos por parte de taxistas en el AICM contra las plataformas digitales, así como el anuncio de operativos reforzados por parte de la Guardia Nacional a partir del 12 de marzo de 2026 para garantizar el cumplimiento de la ley en aeropuertos.
Fuente oficial: https://www.gob.mx/sict/prensa/nota-informativa-421325
Esta posición oficial de la SICT busca aclarar el alcance limitado del amparo y mantener la regulación vigente en materia de autotransporte federal en zonas aeroportuarias.


Operativo deja 11 muertos y libre a la hija de 'El Mayo' Zambada en Sinaloa

Mientras la Federación recorta presupuesto, en Chihuahua sí se invierte en innovación y desarrollo tecnológico: Manque Granados


















