Es grave la decisión de juez que liberó a dueño de Plenitud: Fiscal César Jáuregui

Local14/02/2026RedacciónRedacción
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Ciudad Juárez.– Un juez federal de Distrito resolvió un juicio de amparo indirecto a favor de José Luis A. C., propietario del Crematorio Plenitud, y ordenó dejar sin efectos el auto de vinculación a proceso dictado hace siete meses en su contra por los delitos de ocultamiento y conservación ilegal de cadáveres.

El titular del Juzgado Séptimo de Distrito, Luis Eduardo Rivas Martínez, determinó que no se acreditan los verbos rectores de los tipos penales señalados, por lo que no existía fundamento para la vinculación a proceso ni para la prisión preventiva impuesta desde el 30 de junio de 2025.

Tras conocerse la resolución, el fiscal general del estado, César Jáuregui Moreno, calificó la decisión como “grave”, al considerar que no refleja el impacto del caso en cientos de familias de Ciudad Juárez.

De acuerdo con antecedentes del caso, el empresario fue acusado de que entre marzo de 2022 y junio de 2025, junto con otro implicado, mantuvo 386 cadáveres en estado de descomposición dentro del crematorio, sin realizar las incineraciones conforme a la ley ni contar con las condiciones necesarias para su preservación digna. El establecimiento tenía la obligación de prestar servicios de cremación a diversas funerarias de la ciudad.

En su sentencia, el juez consideró que el delito de ocultamiento exige la intención deliberada de esconder los cuerpos, lo cual no se acreditó. Señaló que el resguardo de restos en instalaciones cerradas forma parte de la naturaleza de operación de un crematorio y que el hecho de que los cadáveres estuvieran fuera de la vista pública no implica, por sí mismo, que se intentara ocultarlos.

Rivas Martínez sostuvo que, en todo caso, las irregularidades detectadas pueden constituir faltas administrativas, civiles o morales, pero no penales. También citó criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la necesidad de acreditar la voluntad expresa de ocultamiento para configurar ese delito.

Como parte de la resolución, se ordenó al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua realizar una nueva audiencia para dictar el auto de no vinculación a proceso conforme a los lineamientos del amparo 746/2025-III, lo que implica la liberación del acusado. Según lo expuesto en la sentencia, el crematorio contaba además con aviso de funcionamiento emitido en julio de 2020 a nombre del empresario.

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